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18/03/2025 BASES 13ª EDICIÓN DE LOS PREMIOS “CIUDAD DE BURGOS” 2024

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18/03/2025 BASES 13ª EDICIÓN DE LOS PREMIOS “CIUDAD DE BURGOS” 2024

Las presentes bases tienen por objeto otorgar los Premios “Ciudad de Burgos” en su 13ª edición, y fijar las normas reguladoras que establecen el procedimiento para su concesión.

•    Primera. - Objeto.
Las presentes bases tienen por objeto otorgar los Premios “Ciudad de Burgos” en su 13ª edición, y fijar las normas reguladoras que establecen el procedimiento para su concesión.


•    Segunda. - Categorías de los Premios “Ciudad de Burgos”.

1.    Los premios se establecen en seis categorías diferentes:
a)    Premio Ciudad de Burgos a la Convivencia.
b)    Premio Ciudad de Burgos a la Creatividad.
c)    Premio Ciudad de Burgos al Conocimiento e Innovación.
d)    Premio Ciudad de Burgos de Desarrollo Sostenible.
e)    Premio Ciudad de Burgos al mejor proyecto educativo de Formación Profesional
f)    Distinción Embajador/a de Burgos.

2.    El premio en cada una de las categorías tendrá carácter honorífico por lo que no conlleva ninguna remuneración económica, acompañándose en el acto de entrega de concesión de los premios de una obra escultórica conmemorativa elaborada al efecto.

•    Tercera. - Candidaturas.

1.    Pueden optar a los premios “Ciudad de Burgos” en cualquiera de sus categorías las personas físicas, empresas, entidades con o sin personalidad jurídica, o colectivos que, siendo naturales de Burgos o teniendo en esa ciudad su residencia y/o estudios, hayan desarrollado la actividad objeto de valoración en nuestra Ciudad en el año 2024, o habiendo llevado a cabo dichas acciones desde fuera de Burgos, puedan integrarse en alguno de los ámbitos descritos y cumplan las condiciones y requisitos que se detallan para cada una de sus categorías.

2.    Los requisitos necesarios para optar en cada una de las categorías son los siguientes:
 
a)    La categoría Premio Ciudad de Burgos a la Convivencia está destinada a todas aquellas personas físicas, empresas, entidades o colectivos que hayan desarrollado en el año 2024 o, a través de una trayectoria continuada, una reconocida labor a favor del bienestar social y la calidad de vida de las personas, logrando así una sociedad más cohesionada, más integradora, más justa, más igualitaria y más inclusiva, así como que hayan contribuido a la generación de nuevos valores de ciudadanía.
b)    La categoría Premio Ciudad de Burgos a la Creatividad está destinada a todas aquellas personas físicas, empresas, entidades o colectivos que, en el año 2024, o a lo largo de años anteriores, hayan fomentado las ciencias, las artes y las letras en todas sus manifestaciones, siempre con el objeto de buscar nuevas tendencias y nuevas formas de comprender la realidad circundante a través de la cultura y cuyo impacto en el tejido social de nuestra ciudad sea patente.
c)    La categoría Premio Ciudad de Burgos al Conocimiento e Innovación está destinado a todas aquellas personas físicas, empresas, entidades o colectivos que, en el año 2024, o en los años anteriores, hayan fomentado los avances científicos, la educación, la difusión del conocimiento y todo proceso que suponga un paso adelante en la evolución de la sociedad. Asimismo, aquellas personas y entidades que han hecho de la innovación un elemento indispensable en el desarrollo de su estrategia profesional y de su crecimiento empresarial.
También podrán presentarse candidaturas a esta categoría todas aquellas personas físicas, empresas, entidades o colectivos que hayan introducido en sus ejes de trabajo mejoras tecnológicas, de procesos, cambios en productos, nuevos enfoques de marketing o nuevas formas de distribución.
d)    La categoría Premio Ciudad de Burgos de Desarrollo Sostenible está destinado a todas aquellas personas, empresas, entidades o colectivos que hayan promovido en el año 2024, o en los años anteriores, el desarrollo sostenible de la ciudad. El premio reconocerá las aportaciones desde múltiples áreas, y de una manera destacada en el campo de la sostenibilidad, accesibilidad, conservación del patrimonio, generación de empleo y mejora de la calidad de vida en la ciudad. Asimismo, podrán optar aquellas empresas que combinan con éxito la viabilidad económica de sus negocios con la protección del medio ambiente.
e)    La categoría Premio Ciudad de Burgos al Mejor Proyecto de Formación Profesional está destinado a todas aquellas iniciativas que hayan destacado en 2024, relacionadas con las materias cursadas en los centros de Formación Profesional de la Ciudad de Burgos. El destinatario del premio será el/los estudiante/s que hayan protagonizado la iniciativa.

f)    La distinción Embajador/a de Burgos trata de reconocer la labor de todas aquellas personas físicas, empresas o instituciones que durante el año 2024 o a través de su trayectoria, se considere que han sido embajadores ejemplares de nuestra ciudad, haciendo gala de su amor por la ciudad y proyectado una imagen positiva de Burgos en España y en el mundo.

•    Cuarta. – Proposiciones y documentación.
1.    Cualquier persona física o jurídica podrá proponer el reconocimiento a favor de una persona física, empresa, entidad o colectivo de las cuatro primeras categorías: Convivencia, Creatividad, Conocimiento e Innovación y Desarrollo Sostenible, quedando excluida la posibilidad de proponerse a sí mismo. En cuanto a la categoría Mejor Proyecto de Formación Profesional, deberá ser presentado por el director o cualquier profesor del centro de la iniciativa propuesta.
2.    Los Jurados, una vez constituidos, también podrán presentar una candidatura en el caso de que no se hubiere presentado ninguna en su categoría, o, tras la deliberación, consideren que los candidatos no reúnen los méritos suficientes en la categoría en que están designados conforme se detallan en estas bases. En este caso, la candidatura debe alcanzar la unanimidad de todos los miembros del Jurado.
3.    Las proposiciones deberán recoger los méritos por los que el proponente considera que el candidato puede optar a una determinada modalidad del premio. El proponente no puede presentar al mismo candidato para más de una categoría, en cuyo caso, se excluirán todas las propuestas presentadas por el proponente que incumplan este requisito.
4.    Las proposiciones se presentarán mediante el impreso normalizado contenido en el anexo de estas bases, debiéndose completar todos sus apartados al contener los datos necesarios para poder valorar la candidatura:
a)    Datos de la persona física o entidad proponente de la candidatura.
b)    Categoría a la que se opta.
c)    Nombre completo de la persona física o jurídica que se propone como candidata a los Premios, así como sus datos de contacto.
d)    Actividad profesional de las personas físicas y objeto social de las personas jurídicas a favor de las que se presenta la candidatura.
e)    Motivos por los que se propone la candidatura en esa categoría.
f)    La presentación de una proposición y su consiguiente participación supone la aceptación íntegra de estas Bases.
 
•    Quinta. – Plazo y forma de presentación.
El plazo de presentación de las candidaturas se iniciará el día siguiente a su aprobación por la Junta de Gobierno Local hasta el viernes 4 de abril de 2025, incluido.
La presentación de las candidaturas solamente se hará por procedimiento electrónico a la dirección premiosciudad@aytoburgos.es adjuntando el impreso normalizado debidamente cumplimentado y, en su caso, la memoria explicativa de los motivos de proposición de la candidatura, e indicando en el asunto: Premios Ciudad de Burgos.

•    Sexta. – Composición del Jurado y votación.
La valoración de las candidaturas y selección se realizará por seis jurados, uno por cada categoría, integrados cada uno por tres miembros con la siguiente composición:
Presidentes: que recaerán para cada jurado en un/a Concejal/a del Ayuntamiento de Burgos, o por una persona de la ciudad que se relevante en la categoría correspondiente, y que serán designados por el Alcaldesa.
Vocales: Se designarán dos miembros para cada jurado por el Alcaldesa entre diversas personas de la ciudad que no tengan incompatibilidad manifiesta con las candidaturas presentadas.
Secretaría: será designada por el Alcaldesa, con voz y sin voto, y será la encargada de levantar acta del veredicto del Jurado.
Quienes intervengan como miembros del jurado deberán abstenerse de intervenir cuando en ellos concurra alguna de las causas previstas en el artículo 23 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, del Régimen Jurídico del Sector Público.
Tras la finalización del plazo de presentación de candidaturas se reunirán los miembros de los diferentes Jurados para la deliberación y valoración de las candidaturas. La Presidencia de cada uno de los Jurados establecerá el orden de las deliberaciones, así como el proceso de votación, si es que fuera preciso, para emitir el fallo de la correspondiente categoría. El veredicto de los Jurados será inapelable.
El Jurado podrá declarar desierto el premio si considera que los candidatos no reúnen los méritos suficientes en la categoría en que están designados conforme se detallan en estas bases.


•    Séptima. – Entrega de premios.
La entrega de los Premios tendrá lugar en un acto público, convocado al efecto con la debida antelación, bajo la presidencia del Alcaldesa.
Burgos, febrero de 2025 
 

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