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Ordenanza Número 204 Ordenanza Fiscal reguladora de la Tasa por otorgamiento de licencias urbanísticas y declaraciones responsables

Ordenanza Número 204 Ordenanza Fiscal reguladora de la Tasa por otorgamiento de licencias urbanísticas y declaraciones responsables

IMPORTANTE: A partir del 1 de enero de 2022, los sujetos pasivos están obligados a presentar autoliquidación del Impuesto sobre Construcciones, Instalaciones y Obras y la Tasa por otorgamiento de Licencias Urbanísticas y Declaraciones Responsables, en los términos establecidos en las correspondientes Ordenanzas Fiscales.

  • Ordenanza Fiscal nº 509, reguladora del Impuesto sobre Construcciones, Instalaciones y Obras.

Artículo 11 1. Los sujetos pasivos vendrán obligados a presentar ante este Ayuntamiento autoliquidación, según modelo aprobado por el mismo, que contendrá los elementos tributarios imprescindibles para la liquidación procedente. 2. La autoliquidación del impuesto deberá ser presentada y abonada la cuota resultante de la misma, en el plazo de un mes a contar a partir del día siguiente a la notificación de la concesión de la licencia de obras o urbanística y con carácter previo a la presentación de la declaración responsable y, en todo caso, antes del comienzo de la ejecución de la construcción, instalación u obra.

  • Ordenanza Fiscal nº 204, reguladora de la Tasa por Otorgamiento de Licencias Urbanísticas y Declaraciones Responsables.

Artículo 8 1. Los sujetos pasivos vendrán obligados a presentar ante este Ayuntamiento autoliquidación, según modelo aprobado por el mismo, debiendo, en el momento de presentar la correspondiente solicitud de licencia o declaración responsable, acreditar el ingreso del importe total de la deuda tributaria.

En caso de no presentar autoliquidación, será de aplicación lo dispuesto en el artículo 191 de la Ley 58/2003, de 17 de diciembre, General Tributaria, constituyendo unaInfracción tributaria por dejar de ingresar la deuda tributaria que debiera resultar de una autoliquidación.

 

Aprobación inicial por
Pleno del Ayuntamiento
Fecha aprobación inicial
8 de octubre de 2020
Aprobación final por
Pleno del Ayuntamiento
Fecha aprobación final
18 de diciembre de 2020
Publicado en
Boletín Oficial de la Provincia nº 233
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